Reglamento FIDA: open finance en pensiones y seguros

Si ya te peleaste con PSD2 y ahora te toca entender PSD3, prepárate para una sigla más. El reglamento FIDA es la norma europea que pretende llevar la lógica del open banking más allá de las cuentas de pago: a planes de pensiones, seguros, inversiones e hipotecas. La idea suena bien sobre el papel.

El problema es que buena parte de lo que circula sobre ella da por hechas cosas que todavía no están decididas. Aquí separamos lo que dice la propuesta, lo que se está negociando y lo que hoy es pura especulación. Y lo bajamos a tierra: qué supondría para un autónomo y para una gestoría que prepara cientos de declaraciones de la Renta.

Situación a octubre de 2026: FIDA no está aprobado. Sigue en negociación entre Parlamento, Consejo y Comisión. Ninguna de sus obligaciones se aplica hoy en España.

Qué es el reglamento FIDA, explicado sin jerga

FIDA son las siglas de Financial Data Access, el marco europeo de acceso a datos financieros. La Comisión Europea lo propuso el 28 de junio de 2023, en el mismo paquete que PSD3 y el nuevo Reglamento de Servicios de Pago (PSR). El texto original es la propuesta COM(2023) 360 y puedes leerlo completo en EUR-Lex.

Su lógica es sencilla. Hoy, gracias a PSD2, puedes autorizar a una app a leer los movimientos de tu cuenta corriente. FIDA quiere que hagas lo mismo con otros productos: tu plan de pensiones, tu seguro de hogar, tu cartera de fondos o tu préstamo.

Tres piezas sostienen el sistema:

  • Titulares de datos. Bancos, aseguradoras y gestoras estarían obligados a compartir los datos del cliente cuando este lo pida.
  • Usuarios de datos. Solo podrían serlo entidades financieras reguladas o una figura nueva: el proveedor de servicios de información financiera (FISP), con licencia propia.
  • Esquemas de intercambio (FDSS). Acuerdos entre entidades y representantes de clientes que fijarían estándares técnicos, responsabilidades y compensación económica.

Hay una diferencia clave con PSD2. Allí bastaba con que cada banco abriera su interfaz. Con FIDA, las entidades tendrían que integrarse en esos esquemas colectivos, y ninguna puede montar uno por su cuenta.

El cliente, además, tendría un panel de permisos en cada entidad. Desde ahí vería quién accede a sus datos, con qué finalidad, y podría retirar el consentimiento cuando quisiera.

En qué punto está FIDA a octubre de 2026

Aquí aparece el primer gran malentendido. Muchos textos hablan de FIDA como si ya fuera ley, y no lo es. Este es el recorrido real, del hito más reciente al más antiguo:

FechaHito
Otoño 2026El sector espera un acuerdo político antes de fin de año. A fecha de publicación no consta acuerdo provisional.
6 abril 2026La Comisión publica un documento informal (non-paper) para relanzar el expediente con un FIDA más ligero.
Principios 2026Varias fuentes del sector describen los trílogos como temporalmente suspendidos.
Junio 2025Las negociaciones se atascan, sobre todo por el papel de las grandes tecnológicas y el alcance.
Abril 2025Primer trílogo entre Parlamento, Consejo y Comisión.
Febrero 2025Circula el rumor de que la Comisión retiraba FIDA. Resultó falso.
Diciembre 2024El Consejo fija su posición negociadora. Unas fuentes la fechan el 2 de diciembre y otras el 4.
2024El Parlamento fija su posición a través de la comisión de Asuntos Económicos (ECON).
28 junio 2023Propuesta de la Comisión.

Puedes seguir el estado oficial en el Legislative Train del Parlamento Europeo.

El documento de abril de 2026 cambia bastante el tono. Propone un alcance más estrecho, menos obligación de compartir datos históricos (se baraja mirar unos dos años atrás) y una implantación en tres fases durante unos cuatro años. Primero se crearían los esquemas y después llegaría la obligación de compartir.

Aun con acuerdo político, quedarían la adopción formal, la publicación en el Diario Oficial y un periodo hasta su aplicación. La propuesta original fijaba 24 meses. Por eso los escenarios más citados sitúan FIDA plenamente operativo hacia 2029 o 2030.

Traducido a nuestro día a día: ni la campaña de la Renta de 2027 ni la de 2028 van a cambiar por FIDA. Al ser un reglamento, eso sí, se aplicará directamente en España cuando llegue, sin necesidad de ley de transposición.

Pensiones y seguros: qué datos cubriría el reglamento FIDA

El título promete pensiones y seguros, así que vamos al detalle. La propuesta de 2023 enumera de forma cerrada los datos incluidos. La negociación ha ido recortando piezas, y no todas las que interesan al lector español están claras.

ProductoPropuesta 2023Situación en la negociaciónEjemplo en España
Hipotecas, préstamos y depósitosDentroSe mantieneHipoteca, préstamo personal, depósito a plazo
Fondos e instrumentos financierosDentroSe mantiene, con menos históricoFondos de inversión, acciones, ETF
Seguros de inversión (IBIP)DentroSe mantieneUnit linked
Seguros no vidaDentro, salvo salud y enfermedadSe mantiene; posibles exenciones para pequeños mediadoresHogar, auto, responsabilidad civil profesional
Seguros de salud y enfermedadFueraFueraSeguro médico privado
Pensiones de empleo (fondos tipo IORP)DentroEl Consejo las excluyó, con opción de que cada Estado las incluyaPlan de pensiones de empresa
Producto paneuropeo de pensiones (PEPP)DentroSin cambios destacadosPEPP
Planes de pensiones individualesSin mención expresaZona grisPlan de pensiones contratado en tu banco
Pensión públicaFueraFueraJubilación o incapacidad de la Seguridad Social
Cuentas de pagoFuera (las regula PSD2/PSD3)FueraCuenta corriente

Dos matices que casi nadie explica en castellano. El primero afecta a los planes de pensiones individuales, el producto de ahorro para la jubilación más habitual en España. No son PEPP ni planes de empleo, y la propuesta no los nombra expresamente. Que entren o no dependerá de cómo quede redactado el texto final.

El segundo afecta a los productos de previsión que son, jurídicamente, seguros. Hablamos de los planes de previsión asegurados (PPA) o los planes de previsión social empresarial. Su encaje es dudoso a falta del texto definitivo, porque no son seguros no vida y la normativa europea suele tratar los productos de pensiones aparte de los seguros de inversión.

Conclusión honesta: el reglamento FIDA sí ampliaría el open finance a los seguros con bastante claridad. Con las pensiones, la ampliación sería parcial y dependerá de la letra pequeña.

Cinco mitos sobre FIDA que conviene desmontar

Mito 1: «FIDA ya está en vigor»

No. Es una propuesta en negociación desde 2023, con un parón largo entre 2025 y 2026. Cualquier proveedor que hoy te venda «cumplimiento FIDA» te está vendiendo humo o, como mucho, preparación anticipada.

Mito 2: «Podré ver mi pensión pública en cualquier app»

Tampoco. Las pensiones públicas son competencia nacional y nunca han estado dentro. Tu vida laboral y tu estimación de jubilación seguirán en los canales de la Seguridad Social, al margen de FIDA.

Mito 3: «Mi gestoría podrá conectarse a la aseguradora de sus clientes»

Este es el que más nos interesa. FIDA solo permite acceder a los datos a entidades financieras reguladas o a proveedores con licencia FISP. Una gestoría no es ninguna de las dos cosas.

En la práctica, el despacho llegaría a esos datos por dos vías. Una, a través de un software que tenga licencia FISP y que el cliente autorice. Otra, porque el propio cliente descargue y comparta su información.

Mito 4: «Compartir datos será gratis»

Para el cliente, sí: el acceso a sus propios datos no tendría coste. Entre entidades, en cambio, la propuesta permite que el titular cobre una compensación razonable al usuario de datos, ligada al coste de ponerlos a disposición.

Esto es una ruptura con PSD2, donde el acceso a cuentas de pago es gratuito para los terceros. Lo lógico es que ese coste acabe repercutido en la suscripción del software que uses.

Mito 5: «Google o Apple manejarán mis datos financieros»

Justamente este punto ha bloqueado buena parte de la negociación. En mayo de 2025 la Comisión planteó excluir a los llamados guardianes de acceso de la Ley de Mercados Digitales de la licencia FISP. A fecha de hoy no hay consenso, y las opciones van desde vetar su acceso hasta limitar sus licencias.

Cómo encaja FIDA con PSD3 y con la Ley de IA

Conviene ver las tres normas como piezas de un mismo puzle. PSD3 y el PSR se ocupan de las cuentas de pago: movimientos, transferencias, verificación del beneficiario. Si quieres el detalle, lo contamos en PSD3 open banking: qué cambia en tu facturación. FIDA cubriría todo lo demás: ahorro, inversión, seguros y parte de las pensiones.

La tercera pieza es la Ley de IA europea. Cuando esos datos alimenten herramientas de inteligencia artificial, entra en juego otra capa de obligaciones. La evaluación de solvencia de personas y la tarificación de seguros de vida y salud figuran entre los usos de alto riesgo. Lo explicamos en IA de alto riesgo en 2027: qué se aplazó realmente.

La propia propuesta de FIDA incluye además un perímetro de uso de datos. Su objetivo es que la información compartida no se vuelva contra el cliente, por ejemplo para encarecerle un seguro o negarle crédito de forma injustificada. Datos más abiertos no significan barra libre para entrenar modelos.

Qué cambiaría para gestorías y autónomos: dos casos prácticos

Primero, una aclaración que evita confusiones. FIDA no sustituye a los datos fiscales de la AEAT. Los datos fiscales son un resumen anual con fines tributarios: aportaciones a planes, rendimientos declarados por las entidades, retenciones. FIDA daría otra cosa: datos del producto (saldos, coberturas, primas, vencimientos) en formato estructurado y casi en tiempo real.

Caso 1: Lucía, diseñadora autónoma

Lucía tiene una hipoteca en un banco, un plan de pensiones individual en otro y un unit linked en una aseguradora. Suma un fondo indexado en una gestora online, un seguro de hogar y uno de responsabilidad civil profesional. Hoy, para tener una foto completa, entra en cuatro portales y descarga varios PDF.

Con FIDA en marcha, una app de finanzas personales con licencia FISP podría reunir hipoteca, unit linked, fondo y seguros en un único panel. El plan de pensiones individual quedaría pendiente de lo que diga el texto final. Lucía autorizaría cada conexión y podría revocarla desde el panel de permisos de cada entidad.

¿Y su gestor? Si Lucía rescata parte del unit linked, tributará como rendimiento del capital mobiliario. Con un informe consolidado y fiable, su asesor detectaría ese rescate antes de la Renta, sin esperar al certificado ni a que ella se acuerde de mencionarlo.

Caso 2: una gestoría con 250 declaraciones de la Renta

Planteamos un supuesto ilustrativo, no un dato estadístico. Imagina que 100 de esos 250 clientes tienen algún producto de inversión o seguro relevante para su declaración. Si cada expediente exige pedir, esperar y revisar documentos durante 15 minutos de media, salen unas 25 horas por campaña.

Con FIDA, un software con licencia FISP y el consentimiento de cada cliente podría traer esos datos ya estructurados. A partir de ahí, una herramienta de IA ayudaría a clasificarlos, cruzarlos con los datos fiscales y señalar discrepancias. El ahorro real dependerá de cuántos clientes den permiso y de lo que cobre el proveedor.

Hay tres frenos que conviene tener presentes:

  • Consentimiento cliente a cliente. Nadie puede autorizar en bloque por tus clientes.
  • Coste de la compensación. Si las entidades cobran a los proveedores, la factura llegará al despacho.
  • Protección de datos. La gestoría sigue respondiendo por el tratamiento que hace de esa información.

Nuestra opinión, después de años preparando declaraciones: el valor de FIDA para un despacho no estará tanto en las pensiones, que la AEAT ya cubre en buena medida. Estará en los seguros y los productos de inversión, donde hoy dependemos de que el cliente nos traiga los papeles.

¿Debe tu despacho hacer algo ya? Diagrama de decisión

  1. ¿Eres entidad financiera o desarrollas software financiero?
    • Sí: sigue de cerca los esquemas de intercambio y el régimen de licencias FISP.
    • No: pasa al punto 2.
  2. ¿Tu gestoría usa hoy agregadores bancarios PSD2 para conciliar?
    • Sí: pregunta a tu proveedor si planea solicitar licencia FISP y qué costes prevé.
    • No: pasa al punto 3.
  3. ¿Asesoras a clientes con carteras de inversión, seguros complejos o patrimonios relevantes?
    • Sí: incluye FIDA en tu vigilancia normativa y revisa tus cláusulas de protección de datos.
    • No: nada urgente; vuelve a mirar cuando se publique el acuerdo político.
  4. En todos los casos: no contrates hoy ninguna «solución FIDA». No existe norma aprobada contra la que cumplir.

Errores comunes al hablar del reglamento FIDA

  • Presentarlo a los clientes como una obligación inminente.
  • Confundirlo con los datos fiscales de la AEAT o con la información de la Seguridad Social.
  • Dar por hecho que incluye todas las pensiones, cuando las de empleo podrían quedar fuera.
  • Firmar con proveedores que prometen «acceso total» sin tener ni licencia ni norma en vigor.
  • Olvidar que más datos implican más responsabilidad en protección de datos.

Conclusión: open finance sí, pero sin prisas

FIDA va a llegar, aunque más tarde y más recortado de lo que se anunció en 2023. El reglamento FIDA que salga de la negociación será probablemente más ligero, con menos histórico de datos y una implantación escalonada. En seguros, la ampliación del open banking parece clara. En pensiones, dependerá del texto final.

Para una gestoría, lo sensato hoy es vigilar, no invertir. Cuando haya acuerdo político, tocará revisar proveedores, contratos y consentimientos. Hasta entonces, el open banking que ya funciona, el de PSD2 y pronto PSD3, sigue siendo donde la automatización da resultados reales.

Preguntas frecuentes sobre el reglamento FIDA

¿Qué es el reglamento FIDA? Es una propuesta de reglamento europeo sobre acceso a datos financieros, presentada en junio de 2023. Busca que el cliente pueda compartir, con su permiso, datos de inversiones, seguros, préstamos y parte de las pensiones con otras entidades o apps autorizadas.

¿Está aprobado FIDA? No. A octubre de 2026 sigue en negociación entre Parlamento, Consejo y Comisión. Tras un acuerdo político faltarían la adopción formal, la publicación y un periodo de adaptación.

¿Incluye FIDA mi pensión de la Seguridad Social? No. Las pensiones públicas quedan fuera porque son competencia nacional. FIDA solo afectaría a productos privados, y las pensiones de empleo podrían quedar excluidas en el texto final.

¿Podrá mi gestoría acceder a mis datos financieros con FIDA? No directamente. Solo podrían acceder entidades financieras reguladas o proveedores con licencia FISP. Tu gestoría tendría que usar un software con esa licencia y contar siempre con tu consentimiento.

¿Cuándo se aplicará FIDA en España? Los escenarios más citados apuntan a 2029 o 2030. Al ser un reglamento, se aplicará directamente en España, sin ley de transposición.

Fuentes citadas

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